Fundamento jurídico
Marco normativo
Cada rechazo del sistema cita la norma que lo fundamenta. Esta página reúne las disposiciones que la plataforma aplica de forma automática.
Resolución 1241 de 2026
Establece el sistema de información del cannabis medicinal, la obligación de habilitación previa para publicar ofertas y la frontera entre la información clínica y la comercial.
- Art. 3.7 — La consulta de la vitrina es pública y no requiere autenticación.
- Art. 8c — La habilitación del canal de contacto entre actores no constituye una transacción comercial.
- Art. 13b — No se publica oferta alguna sin atestación de licencia vigente para el tipo de producto.
- Art. 21 — Las cantidades y la capacidad productiva son información reservada de carácter comercial.
- Art. 24 — Los datos clínicos y los comerciales se administran en zonas separadas e independientes.
Ley 1712 de 2014
Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional. Fundamenta que la vitrina se sirva sin autenticación y sea indexable.
- Art. 3 — Principio de máxima publicidad para titular universal.
- Art. 4 — Toda persona puede acceder a la información pública sin necesidad de justificar su solicitud.
Ley 1581 de 2012
Régimen general de protección de datos personales. Clasifica los datos de salud como sensibles y determina las restricciones de tratamiento aplicables a la zona clínica.
- Art. 5 — Los datos relativos a la salud son datos sensibles.
- Art. 6 — Se prohíbe el tratamiento de datos sensibles salvo las excepciones expresamente previstas.